jueves, 25 de enero de 2007

BOE 25 de enero de 2007

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Sala Segunda. Sentencia 353/2006, de 18 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 4701-2003. Promovido por don Antonio Pardo Zambrana respecto al Auto de la Audiencia Provincial de Alicante que, en grado de queja, ordenó practicar tasación de costas a un Juzgado de lo Penal de Orihuela en causa por delito de alzamiento de bienes. Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: recurso de queja sustanciado en un incidente procesal abierto, donde pueden ser reparadas las vulneraciones constitucionales aducidas (STC 235/2006).
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Sala Segunda. Sentencia 354/2006, de 18 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 5693-2003. Promovido por un Abogado en interés de don Abdoulaye Fofana frente al Auto del Juzgado de Instrucción núm. 3 de Puerto del Rosario que inadmitió a trámite su solicitud de hábeas corpus tras haber sido interceptado en una patera. Vulneración de los derechos a la libertad personal y al hábeas corpus: STC 169/2006 (inadmisión por razones de fondo de la petición presentada por un extranjero respecto a una privación de libertad gubernativa). Voto particular.
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Sala Segunda. Sentencia 355/2006, de 18 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 5709-2003. Promovido por un Abogado en interés de don Sekou Coulibaly frente al Auto del Juzgado de Instrucción núm. 3 de Puerto del Rosario que inadmitió su solicitud de hábeas corpus tras haber sido interceptado en una patera. Vulneración de los derechos a la libertad personal y al hábeas corpus: STC 169/2006. Voto particular.
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Sala Segunda. Sentencia 356/2006, de 18 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 5711-2003. Promovido por un Abogado en interés de don Karim Tounkara frente al Auto del Juzgado de Instrucción núm. 3 de Puerto del Rosario que inadmitió a trámite su solicitud de hábeas corpus tras haber sido interceptado en una patera. Vulneración de los derechos a la libertad personal y al hábeas corpus: STC 169/2006. Voto particular.
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Sala Primera. Sentencia 357/2006, de 18 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 6202-2003. Promovido por la entidad Restaurante A'Casiña Casa de Campo, S.L., frente a los Autos de un Juzgado de lo Social de Madrid que aclaran la Sentencia dictada en litigio por despido y deniegan la nulidad de actuaciones. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (inmodificabilidad): aclaración de sentencia social que altera el fallo para corregir lo resuelto sobre cómputo de los salarios de tramitación.
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Sala Primera. Sentencia 358/2006, de 18 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 553-2004. Promovido por la Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores frente a las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia que inadmitieron su demanda contra el Conseller de Economía sobre provisión de puestos de libre designación. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): inadmisión de recurso contencioso-administrativo por falta de legitimación del sindicato, ignorando su legítimo interés profesional o económico (STC 101/1996).
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Sala Segunda. Sentencia 359/2006, de 18 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 7349-2004. Promovido por don Arsenio Domínguez Santos frente a las Sentencias de las Salas de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que desestimaron su demanda contra la Junta de Extremadura por caducidad de la concesión sobre la mina «León». Vulneración del derecho a la prueba: sentencia contencioso-administrativa que desestima un recurso por falta de prueba, tras haberse inadmitido todas las pruebas propuestas para acreditar la existencia de actividad minera (STC 19/2001). Voto particular
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Sala Segunda. Sentencia 360/2006, de 18 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 7758-2004. Promovido por don Josheba Mirien Sainz de la Higuera y Gartzia frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra que, en grado de apelación, le condenó por delito de falsificación de documentos privados. Vulneración del derecho a un proceso con garantías: condena pronunciada en apelación sin haber celebrado vista pública (STC 167/2002).
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Sala Segunda. Sentencia 361/2006, de 18 de di­ciembre de 2006. Recurso de amparo 1357-2005. Promovido por doña Irene Novales Villa y otro contra el Parlamento Vasco por no repetir una votación en el Pleno sobre el proyecto de Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 2005. Vulneración del derecho al ejercicio del cargo parlamentario: derecho al voto mediante medios electrónicos en el procedimiento legislativo. Voto particular.
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Sala Primera. Sentencia 362/2006, de 18 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 1514-2005. Promovido por doña María Magdalena Sánchez Pérez frente al Auto de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que confirma, en grado de súplica, la inadmisión de su recurso de casación para la unificación de doctrina en litigio de despido. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al recurso legal): cómputo del plazo para formalizar un recurso de casación social que incurre en error patente.
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Sala Primera. Sentencia 363/2006, de 18 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 2738-2005. Promovido por don Antonio Gómez Utrero frente a los Autos de la Audiencia Provincial y del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Zaragoza que desestimaron su queja sobre los servicios médicos en el centro penitenciario de Daroca. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (motivación): resoluciones judiciales estereotipadas.
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Pleno. Sentencia 364/2006, de 20 de diciembre de 2006. Cuestión de inconstitucionalidad 571-2004. Planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en relación con el artículo 102.3 de la Ley de la Comunidad de Madrid 9/1995, de 28 de marzo, de medidas de política territorial, suelo y urbanismo. Competencias en materia de legislación sobre expropiación forzosa: STC 251/2006 (jurados territoriales de expropiación forzosa). Voto particular.
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Pleno. Sentencia 365/2006, de 21 de diciembre de 2006. Cuestión de inconstitucionalidad 8450-2005. Promovida por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Albacete en relación con diversos artículos de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actuación urbanística. Competencias sobre urbanismo y derecho de propiedad: cesión del aprovechamiento urbanístico en suelo urbano consolidado (STC 164/2001). Nulidad de preceptos autonómicos.
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domingo, 21 de enero de 2007

NOTICIAS TRIBUNAL CONSTITUCIONAL cac cataluña

El Tribunal Constitucional (TC) ha levantado la suspensión a la mayoría del articulado de la Ley de la Comunicación de Cataluña. Este tribunal sólo mantiene la suspensión del artículo 56, que hace referencia a la "intransmisibilidad de las licencias", y a la disposición transitoria segunda que se refiere "al régimen de concesión de licencias".
De este modo, el Consell de l'Audiovisual de Catalunya (CAC) recupera todas las competencias adquiridas con la ley anterior, refuerza además su capacidad reguladora y obtiene la capacidad de otorgar las concesiones sin pasar por la Generalitat.
Fuentes del CAC han expresado su "máximo respeto hacia las decisiones del TC" y han subrayado que la voluntad de este organismo es "seguir velando por la seguridad audiovisual en Cataluña".
Estas mismas fuentes han asegurado que la existencia de una Ley reguladora de la profesión audiovisual "es tan positiva para los ciudadanos como para los profesionales que trabajan en este sector".
Entre los artículos a los que el TC ha levantado la suspensión, hay alguno referido, entre otras cosas, a la presencia de la lengua y de la cultura catalanas en los medios de comunicación audiovisual.
El Gobierno central presentó en agosto del año pasado un recurso de inconstitucionalidad sobre la Ley del Audiovisual de Cataluña, aprobada el 20 de diciembre de 2005 en el Parlamento catalán por todas la fuerzas políticas a excepción del PP, que también recurrió la ley.
La resolución del TC, llega casi cuatro meses después de haber admitido a trámite el recurso del gobierno y concluye que la ley "efectivamente" conduce a la "transformación generalizada" de les concesiones audiovisuales vigentes.
Entre otras cosas, esta ley prevé sanciones que pueden llegar a los 300.000 euros y a la suspensión de la actividad en caso de infracciones muy graves. Con todo, el CAC insistió en que solo es un organismo más de la Generalitat y aseguró que "seguirá aplicando la legislación vigente en cada momento".

NOTICIAS TRIBUNAL CONSTITUCIONAL deuda historica andalucía

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado desestimar el recurso que el Parlamento de Andalucía presentó en marzo de 1998 contra la Ley de Presupuestos Generales del Estado de ese año por no haber quedado recogida en ellos partida alguna para el abono de las cantidades adicionales recogidas en la Disposición Adicional Segunda del Estatuto de Autonomía de 1981, la llamada deuda histórica. La sentencia, que será oficial tras su publicación en los próximos días en el BOE, considera que “corresponde en exclusiva” al Estado fijar las asignaciones presupuestarias destinadas a las comunidades autónomas y que, por tanto, está fuera de lugar la demanda de la Cámara andaluza.El fallo del Alto Tribunal, desvelado ayer por el Partido Andalucista y del que ha sido ponente un magistrado andaluz, Guillermo Jiménez Sánchez, subraya que “la legitimidad constitucional” de la citada disposición adicional “está fuera de duda”, pero de esta afirmación “no cabe concluir la consecuencia de que el Estado deba, necesariamente y en todo caso, dotar una concreta partida presupuestaria si no se ha alcanzado al efecto acuerdo entre el Estado y la comunidad autónoma en el seno de la Comisión Mixta a que hace referencia la Disposición adicional segunda del Estatuto de Autonomía de Andalucía”.La sentencia, aun representando un varapalo a las aspiraciones del Parlamento andaluz, concede a éste una victoria moral en la medida en que recuerda que las administraciones central y autonómica –especialmente, la primera de ellas– deben concentrar sus esfuerzos en lograr un acuerdo en el seno del órgano habilitado a tal fin, la Comisión Mixta de Transferencias, cuya convocatoria corresponde al Ejecutivo de la nación. El recurso fue presentado en un periodo de máxima confrontación entre los gobiernos central, en manos del PP, y andaluz, del PSOE, y de ahí que el TC haga un llamamiento a la “lealtad constitucional”. “Corresponde al Estado”, indica la sentencia a este respecto, “adoptar la decisión de establecer dicha dotación, si bien su actuación debe resultar presidida por el principio de lealtad constitucional que, como hemos afirmado en un caso que presenta alguna similitud con el ahora sometido a nuestro enjuiciamiento, ‘obliga a todos’, y que impone que el Gobierno deba ‘extremar el celo por llegar a acuerdos en la Comisión Mixta’”, tal y como quedó fijado por el Alto Tribunal, según recuerda éste, en una sentencia de 1990.El fallo ahora conocido fue acordado por nueve de los magistrados del pleno y sólo contó con un voto en contra que no pudo ser concretado por las fuentes informantes. Según éstas, una de las magistradas del Tribunal Constitucional, Elisa Pérez Vera, se inhibió en la causa por haber sido anteriormente a su llegada al TC presidenta del Consejo Consultivo de Andalucía.La reclamación de la deuda histórica pasó desapercibida las primeras legislaturas autonómicas y no cobró fuerza hasta 1994, cuando el PSOE perdió la mayoría en el Parlamento andaluz. Fue entonces cuando PP, IU y PA lograron poner contra las cuerdas al Gobierno de Manuel Chaves, quien en 1995, en el tramo final de su mandato, logró del Gobierno de Felipe González un compromiso de pago por 20.000 millones de pesetas que, sin embargo, acabó pagando en 1996 su sucesor, el Gobierno de José María Aznar. Sin embargo, el enfrentamiento entre ambos ejecutivos –entre socialistas y populares– a lo largo de ocho años dejó en punto muerto el pago de la deuda histórica y a la espera de que se pronunciase el Tribunal Constitucional en los sucesivos recursos presentados desde 1998 por el Parlamento andaluz. Nueve años después se abre un nuevo camino.

jueves, 18 de enero de 2007

noticias tc

El Constitucional no llega a un acuerdo sobre el amparo de 'Los Albertos' contra su condena por el 'caso Urbanor'
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional no ha alcanzado aún un acuerdo sobre el recurso de amparo presentado por los empresarios Alberto Cortina y Alberto Alcocer, conocidos como 'Los Albertos', contra la sentencia del Tribunal Supremo que les condenó en marzo de 2003 a 3 años y 4 meses de prisión por los delitos de estafa y falsedad en documento mercantil, cometidos en el 'caso Urbanor' por la venta de los terrenos en los que se edificaron las Torres KIO, ubicadas en la madrileña Plaza de Castilla, informaron hoy fuentes del alto tribunal.Las mismas fuentes indicaron que el alto tribunal hará pública su resolución sobre el caso cuando se produzca un acuerdo entre los magistrados que componen la Sala Segunda, quienes al parecer ya han comenzado las deliberaciones sobre la petición de amparo formulada por 'Los Albertos'.La sentencia del Tribunal Supremo revocó la resolución de enero de 2001 de la Audiencia Provincial de Madrid que les absolvió, al entender que los delitos de estafa, apropiación indebida y falsedad documental habían prescrito. Pese a absolverles, la Audiencia de Madrid consideró probado que 'Los Albertos' ocultaron a sus socios minoritarios el precio real por el que habrían pagado en noviembre de 1987 la venta al Grupo KIO de los terrenos de Urbanor, donde posteriormente se construyeron las Torres KIO.La Audiencia de Madrid alegó para declarar los hechos prescritos que la querella, que se presentó en enero de 1993 ante un juzgado de guardia, no iba acompañada de un poder especial para pleitos. Frente a este argumento, el Supremo consideró que para denunciar unos hechos y ponerlos en conocimiento de un juez basta con un poder general, es decir, la firma o suscripción del querellante.En su resolución, el Supremo afirmó que la querella 'sin poder especial no es óbice para que el proceso penal se inicie en averiguación de los hechos narrados en la misma contra las personas a quienes se atribuye su comisión'. Además, entendió que el presentar la querella ante un juzgado de guardia 'es tanto como si se hubiera presentado en el Juzgado al que por turno correspondió instruir el asunto'.Los socios minoritarios de Urbanor presentaron la querella un día antes de que pasaran 5 años desde la comisión de los delitos denunciados, plazo límite para evitar que los hechos se declararan prescritos. La querella fue ratificada por Pedro Sentieri, uno de los ex socios de 'Los Albertos', dos meses después.PRESCRIPCIÓN DEL DELITOHasta la fecha, la doctrina del Supremo sobre la prescripción de delitos establecía que se interrumpía el plazo en cuanto se presentara una querella o denuncia contra alguien. La postura del Constitucional ha diferido de la mantenida por el Supremo, al entender que sólo se puede considerar interrumpido el plazo cuando el procedimiento se dirije contra una persona mediante una actuación judicial, como la admisión a trámite de la querella.Recientemente, el Consejo de Ministros aprobó la reforma del Código Penal que prevé una fórmula híbrida que combina los criterios al respecto del Supremo y del Constitucional. El texto introduce la figura de la suspensión del plazo de prescripción de los delitos cuando se presente una querella o denuncia contra alguien.Según la modificación del Código Penal, que aún no está en vigor, en el caso de que el juez la admite a trámite, el delito no habría prescrito, mientras que si la rechaza, se tendría en cuenta en el cómputo de prescripción el tiempo en el que ha estado suspendido.Además, 'Los Albertos' están imputados por presuntos delitos de denuncia falsa y falsedad de documento privado relacionados con el intento de reabrir el 'caso Urbanor', mediante pruebas exculpatorios que aparecieron en un carta veinte días después de que el Supremo les condenase.

martes, 16 de enero de 2007

BOE 16 de enero de 2007

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Sala Primera. Sentencia 336/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 1695-2003. Promovido por doña Lidia Mor Bertolín frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante que, en grado de apelación, le condenó por dos faltas de imprudencia leve por provocar caídas en la acera de la vía pública. Supuesta vulneración de los derechos a un proceso con garantías y a la presunción de inocencia: condena en apelación sin necesidad de celebrar vista pública (SSTC 167/2002 y 170/2002); prueba testifical sobre el vertido de agua jabonosa.
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Sala Primera. Sentencia 337/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 3050-2003. Promovido por don Jesús Núñez Blanco respecto a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que inadmite su recurso de suplicación en litigio sobre reclamación de derechos y cantidad. Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: falta de agotamiento por haber formulado un incidente de nulidad de actuaciones paralelo.
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Sala Segunda. Sentencia 338/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 3891-2003. Interpuesto por don José Manuel Grande Morlán frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que desestimó su demanda contra el Consejo de la Abogacía Gallega y el Colegio de Abogados de Ferrol sobre sanción de suspensión del ejercicio de la abogacía. Vulneración del derecho a la libertad de expresión en el ejercicio de la defensa letrada: corrección disciplinaria a un abogado por las críticas vertidas en un escrito forense a otros colegas que no incurren en descalificaciones personales (STC 157/1996).
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Sala Primera. Sentencia 339/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 7171-2003. Promovido por doña Micaela Buendía del Olmo frente al Auto de la Sala Tercera del Tribunal Supremo y la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en litigio sobre retiro por inutilidad física. Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al recurso legal) y vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de la ley: inadmisión de recurso de casación contencioso-administrativo en impugnación indirecta de reglamentos; sentencia que contradice una jurisprudencia consolidada.
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Sala Primera. Sentencia 340/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 7175-2003. Promovido por don Rafael Vicente Montesinos Zamorano respecto a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que, en grado de apelación, le condenó por dos delitos contra la hacienda pública. Vulneración del derecho a la presunción de inocencia: condena fundada en prueba de indicios sin motivación.
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Sala Primera. Sentencia 341/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 750-2004. Promovido por don Enrique Palero Viñuelas frente al Auto del Tribunal Supremo y las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y de un Juzgado de lo Social de Barcelona que desestimaron su demanda contra Terminal de Contenidors de Barcelona, S. L., en pleito por despido. Supuesta vulneración del derecho a la igualdad: cese de un trabajador por jubilación forzosa, en virtud de convenio colectivo, por cumplir sesenta y cinco años de edad (STC 280/2006).
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Sala Primera. Sentencia 342/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 812-2004. Promovido por doña Isabel Carrasco Puig de la Bellacasa frente a los Autos del Tribunal Supremo y las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia y de un Juzgado de lo Social de Madrid que estimaron parcialmente su demanda contra AC Dos Gestora, S. L., en pleito por despido. Vulneración del derecho a no ser discriminada por razón del sexo: despido de trabajadora embarazada (indicios de discriminación no rebatidos de contrario).
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Sala Primera. Sentencia 343/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 1543-2004. Promovido por doña Gertrudis Cayuela García respecto al Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que confirmó la devolución de su escrito de formulación de demanda en litigio sobre inclusión en lista de profesores interinos. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): inadmisión de demanda contencioso-administrativa por extemporánea, presentada en la mañana siguiente al vencimiento del plazo a tenor de la nueva Ley de enjuiciamiento civil (STC 64/2005).
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Sala Primera. Sentencia 344/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 2178-2004. Promovido por doña Nancy Leticia Verdesoto Suárez y otra respecto a las Sentencias de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de lo Penal de Madrid que les condenaron por tres delitos de determinación a la prostitución. Vulneración parcial de los derechos a un proceso con garantías y a la presunción de inocencia: condenas penales fundadas en pruebas de cargo, salvo una que se apoya en declaraciones sumariales aportadas al juicio sin contradicción.
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Sala Segunda. Sentencia 345/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 2243-2004. Promovido por don Rafael López Alfaro respecto a las Sentencias de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de lo Penal de Huelva que le condenaron por delito de robo con violencia e intimidación. Vulneración del derecho a la presunción de inocencia: condena penal fundada en declaraciones testificales prestadas en el sumario sin contradicción, y leídas en el juicio oral debido a la avanzada edad del testigo.
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Sala Primera. Sentencia 346/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 4120-2004. Promovido por don James Romero Sánchez frente a los Autos del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Zaragoza que desestimaron su recurso contra el centro penitenciario de Zuera-Zaragoza sobre sanción disciplinaria. Vulneración del derecho a la presunción de inocencia: sanción penitenciaria por instigar un plante de reclusos sin prueba de cargo.
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Sala Primera. Sentencia 347/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 5910-2004. Promovido por don Manuel Ángel López Lamas respecto a las Sentencias de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de lo Penal de Barcelona que lo condenaron por delitos y faltas de maltrato familiar. Supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia y vulneración parcial del proceso con garantías: sentencia de apelación que condena por un hecho distinto al formulado por la acusación; condena agravada en apelación sin necesidad de celebrar vista pública (SSTC 167/2002 y 170/2002); las declaraciones de las víctimas son prueba de cargo (STC 201/1989).
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Sala Segunda. Sentencia 348/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 6304-2004. Promovido por el Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor frente al Auto de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla que devolvió el escrito de contestación a la demanda en litigio sobre clausura de local. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: inadmisión de contestación a una demanda contencioso-administrativa por extemporánea, presentada en la mañana siguiente al vencimiento del plazo a tenor de la nueva Ley de enjuiciamiento civil (STC 64/2005).
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Sala Primera. Sentencia 349/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 7047-2004. Promovido por don José Manuel de Vega Parra frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que desestimó su recurso de casación para la unificación de doctrina en litigio contra la Gerencia Regional de Salud de la Junta de Castilla y León sobre alta en la Seguridad Social de médico de refuerzo. Vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de la ley: sentencia de casación social que desestima un recurso para la unificación de doctrina por falta de contradicción contradiciendo sentencias anteriores.
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Sala Segunda. Sentencia 350/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 188-2005. Promovido por don Vicente Vilar Martínez frente al Auto de la Audiencia Provincial de Valencia que denegó la nulidad de actuaciones del recurso de apelación en ejecutoria de juicio de faltas sobre lesiones por imprudencia. Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: falta de agotamiento porque había un incidente de nulidad de actuaciones ante el Juzgado pendiente en el momento de interponerse el recurso de amparo.
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Sala Primera. Sentencia 351/2006, de 11 de diciembre de 2006. Recurso de amparo 5486-2005. Promovido por don Cherif Ouafi frente a los Autos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que acordaron su extradición a Argelia para ser juzgado por delitos relacionados con banda terrorista. Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y a la integridad física: extradición pasiva que no incurre en error sobre la nacionalidad irlandesa del reclamado; principio de reciprocidad aplicado motivadamente; alegaciones genéricas de riesgo de tortura.
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Pleno. Sentencia 352/2006, de 14 de diciembre de 2006. Cuestión de inconstitucionalidad 2096/1999. Planteada por la Audiencia Provincial de Barcelona en relación con el párrafo tercero del artículo 38.1 de la Ley 16/1987, de ordenación de los transportes terrestres, en la redacción de la Ley 13/1996, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): ley que somete a arbitraje las controversias nacidas de contratos de transporte menores salvo declaración en contra (STC 174/1995).
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martes, 9 de enero de 2007

El Constitucional rechaza el amparo solicitado por el represor Fotea contra su extradición a Argentina

El Constitucional rechaza el amparo solicitado por el represor Fotea contra su extradición a Argentina
El Tribunal Constitucional ha inadmitido a trámite el recurso de amparo presentado por el presunto represor Juan Carlos Fotea contra su extradición a Argentina por el secuestro y asesinato del periodista y escritor Rodolfo Walsh, ocurrido el 25 de marzo de 1977, según un auto del alto tribunal, al que ha tenido acceso Europa Press.La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional autorizó el pasado 21 de abril la extradición a Argentina de Fotea, una vez que haya sido juzgado en España por la detención ilegal sufrida por Alicia Milia de Pirles, que se investiga en el Juzgado Central de Instrucción número 5.El auto rechaza por unanimidad admitir a trámite el amparo solicitado por Fotea, al entender que los hechos por los que está acusado en España son 'radicalmente distintos' a los que se le imputan en Argentina, por lo que es perfectamente acorde con los derechos a la tutela judicial efectiva y al juez predeterminado por la ley la decisión de extraditarle al país sudamericano, 'una vez que se hayan solventado las responsabilidades penales en nuestro país'.'Ciertamente, tanto los hechos por los que se les enjuicia en España, como los hechos por los que se solicita la extradición, se encuadran dentro de los delitos de genocidio y/o lesa humanidad, al haberse cometido durante la Junta Militar y en el periodo de represión generalizada ordenada por la Dictadura militar que gobernaba el país, por un grupo de personas pertenecientes al Ejército, la Armada y la Policía, razón por la cual se consideran imprescriptibles, pues de otro modo habrían prescrito', explica el alto tribunal.A continuación, el Constitucional insiste en que al ser los hechos imputados en Argentina y en España 'radicalmente distintos' y prevalecer la jurisdicción del lugar de comisión, procede la extradición al país sudamericano por el asesinato de Walsh, sin que ello vulnere su derecho al proceso con todas las garantías.La Audiencia Nacional recordó en julio, al confirmar su decisión de extraditarle a Argentina, la sentencia del propio Tribunal Constitucional del 'caso Guatemala', que 'marca las pautas de la jurisdicción aplicable cuando de un delito posible de genocidio se trata, y expresa que cuando los tribunales del país donde ocurrieron los hechos merecedores de dicha calificación jurídica actúan, o deciden actuar, su conocimiento es preferente al de la jurisdicción española, y por ello el enjuiciamiento del presunto delito de genocidio, corresponde a la jurisdicción del lugar de comisión del hecho'.CUMPLIR CON SU DEBER DE POLICÍA.El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu decretó en noviembre de 2005 prisión incondicional para el policía argentino Juan Carlos Fotea, quien residía en Madrid y al que se detuvo después de que Argentina lo solicitara vía Interpol. Fotea se opuso ante el magistrado a ser extraditado a su país.Durante su declaración ante el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 aseguró que cumplió con su deber como policía. La Justicia argentina le reclama por haber participado en el dispositivo policial y militar que se dispuso para detener al periodista Rodolfo Walsh el 25 de marzo de 1977, cometido un día después del primer aniversario del golpe militar del 24 de marzo de 1976.Walsh, que publicó 'Carta abierta a la Junta Militar', fue interceptado y tiroteado en la esquina de San Juan y Entre Ríos, del barrio porteño de San Cristóbal, en Buenos Aires. Su cadáver nunca fue localizado aunque algunos supervivientes de la Escuela Mecánica de la Armada (ESMA), principal centro de detención ilegal argentino durante la dictadura, declararon haber escuchado a los guardias decir que el cadáver con numerosas heridas de bala había sido incinerado.El juez federal argentino Sergio Torres pidió la extradición de Fotea en la causa en la que investiga a los también policías Roberto González, Ernesto Weber, Pedro Salvia y Juan Carlos Linares; los oficiales del Servicio Penitenciario Federal Gonzalo Sánchez y Carlos Generoso; los marinos Jorge Eduardo Acosta, Alfredo Astiz, Pablo García Velazco, Jorge Radice, Jorge Vildoza, Juan Carlos Rolón y Antonio Pernias; el militar Julio César Coronel y el prefecto Héctor Febres.

miércoles, 3 de enero de 2007

Audiencia Nacional investigará a Otegui (pendiente de publicación)

El Tribunal Constitucional confirma que la Audiencia Nacional investigará a Otegi por enaltecimiento del terrorismo
El Tribunal Constitucional confirmó hoy la remisión a la Audiencia Nacional de la causa en la que se investiga al dirigente de Batasuna Arnaldo Otegi por un delito de enaltecimiento del terrorismo por su participación, en julio de 2001, en el entierro de la etarra Olaya Castresana en San Sebastián.En una providencia, el Alto tribunal desestima el recurso interpuesto por Otegi contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) de declarar su falta de competencia para investigar estos hechos y remitir la causa a la Audiencia Nacional.Otegi ya fue condenado por este homenaje a quince meses de prisión por el TSJPV, pero hace un año, en enero de 2006, el Tribunal Supremo anuló la sentencia y ordenó repetir el juicio al entender que se había vulnerado el derecho del dirigente de Batasuna a un juez imparcial.Tras ello, el Tribunal vasco remitió la causa a la Audiencia Nacional al considerar que era éste el órgano competente para la investigación de los hechos.